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Seguro de responsabilidad civil para las fiestas del pueblo: quién lo contrata y qué cubre
El seguro de responsabilidad civil para eventos cubre los daños que una actividad causa a terceros: una persona que se cae por un cable mal tapado, un toldo que se vuela, un coche dañado por una carroza. En las fiestas de un pueblo no hay un único seguro, sino varios que tienen que encajar: el del ayuntamiento, el de cada proveedor y, si organiza otra entidad, el de esa entidad. La normativa autonómica de espectáculos públicos suele exigirlo y fija capitales mínimos según el aforo.
La pregunta útil no es «¿tenemos seguro?», sino «¿quién responde de qué, y está por escrito?».
Qué cubre y qué no
La responsabilidad civil cubre daños personales y materiales a terceros causados por la actividad asegurada. Lo que suele quedar fuera, o requiere coberturas específicas, conviene saberlo antes:
- Actividades de riesgo especial, como pirotecnia, festejos taurinos populares o atracciones, que normalmente exigen su propio seguro y su propia autorización.
- Daños al material propio: el escenario o el equipo de sonido del proveedor no son «terceros».
- Accidentes de los trabajadores, que van por la vía laboral y de prevención de riesgos, no por la responsabilidad civil general.
- Actividades no declaradas. Si la póliza describe «actividades culturales» y lo que se celebra es un encierro, hay un problema.
Quién tiene que tenerlo
El ayuntamiento
La mayoría de los ayuntamientos tiene una póliza general de responsabilidad civil patrimonial. Antes de las fiestas hay que comprobar dos cosas: que cubre los eventos que organiza el propio ayuntamiento y con qué capital, y si los límites son suficientes para el aforo previsto. Basta con pedir a la correduría o a la aseguradora un certificado que lo diga expresamente.
Cada proveedor
Orquestas, empresas de sonido, montadores de escenarios, hinchables, pirotecnia: cada uno debe tener su propio seguro de responsabilidad civil para su actividad. En el expediente de contratación conviene pedir la póliza y el recibo en vigor, no solo un certificado antiguo. Si el proveedor no lo aporta, el riesgo se queda en casa.
La comisión de fiestas, la peña o la asociación
Cuando organiza una entidad distinta del ayuntamiento, el titular de la actividad es esa entidad, y el seguro también le corresponde. Es un punto que se olvida mucho en las fiestas que gestiona una comisión de vecinos.
Qué comprobar antes de firmar
- Que la actividad descrita en la póliza coincide con lo que se va a hacer.
- Que el capital asegurado cumple lo que exige tu comunidad autónoma para ese aforo.
- Que la fecha de validez cubre los días de montaje, celebración y desmontaje.
- Si la póliza tiene franquicia y quién la paga.
- Que el ayuntamiento figura como asegurado adicional cuando el proveedor trabaja en espacio público, si así se exige.
Y el ruido: la otra responsabilidad de la verbena
Junto a los daños, la queja más habitual en fiestas es el ruido. La Ley 37/2003, del Ruido, permite a las administraciones competentes suspender temporalmente los objetivos de calidad acústica en determinadas zonas con motivo de actos de especial proyección oficial, cultural, religiosa o de naturaleza análoga, previa valoración de su incidencia acústica (art. 9.1). Es la base que usan muchos ayuntamientos para aprobar, por decreto o en su ordenanza, horarios y niveles especiales durante las fiestas.
Esa suspensión no es automática ni ilimitada: hay que aprobarla, delimitarla en el tiempo y en el espacio, y conviene darle publicidad. Un horario de fin de la música pactado y anunciado evita más conflictos que cualquier sonómetro.
Proteger también se programa
Los seguros no evitan los accidentes; ayudan a que un problema no se convierta en un desastre para el ayuntamiento o para quien organiza. Lo que los evita es la programación: elegir bien el lugar, saber qué se monta y quién lo monta, y no improvisar el día antes.
Es una de las preguntas que recorre La Biblia del Concejal de Fiestas: qué hay que tener atado antes de que empiece la música, y qué hacer cuando, pese a todo, algo sale mal y llegan las críticas.
Este artículo es informativo. Los capitales mínimos y las obligaciones concretas dependen de la normativa de espectáculos públicos de cada comunidad autónoma y de las ordenanzas municipales. Para una póliza concreta, consulta con tu correduría o aseguradora.